Noticias de Extranjeria
Sanidad
El nuevo RD 16/2012 de 20 de abril , dejará sin sanidad a los inmigrantes ilegales.
A partir de agosto de 2012 , fecha de su entrada en vigor sólo podrán acceder como "asegurado" los trabajares en situación de alta o asimilados, los pensionistas o perceptores de prestaciones, o agotadas las mismas, los que se hallen dados de alta como demandantes de empleo. Así mismo, los nacionales españloles o europeos que acrediten no superar ingresos mínimos y sus cónyuges o parejas e hijos menores de 26 años o incapacitados.
Los extranjeros irregulares menores de 18 años tendrán el mismo trato que los españoles, pero los mayores de edad , sólo recibirán asistencia de urgencia por enfermedad grave o accidente, hasta el alta médica, y asistencia al embarazo, parto y postparto .
Cruce de Fronteras
Requisitos para el cruce de fronteras
El RD 557/2011 fija los criterios para ingresar a España, así como las cantidades que deben acreditar los extranjeros :
- Pasaporte en vigor y en su caso, visado.
- justificación del objeto del viaje y condiciones de estancia y entrada.(Invitaciones de empresa si el objeto son relaciones comerciales, tarjetas de asistencia a ferias o congresos, existencia de hospedaje,viaje organizado, carta de invitación si el hospedaje es en casa de familiar o amigo y demás documentos acreditativos) .
- Medios económicos para la estancia, los básicos exigidos son 62,40 euros diarios, con un mínimo de 561,60 euros .Así mismo si se portaran tarjetas de crédito, deberá acreditarse lso estados de las cuentas o los disponibles de los saldos. Es muy importante tener en cuenta que la carta de invitación , cubre sólo el alojamiento, y no exime al viajero de acreditar los medios económicos, por lo que en todo caso, deberá portar dichas cantidades.
- Billete cerrado de regreso nominativo e instransferible-
- No tener prohibiciones de entrada, no haber permanececido en forma irregular en España, considerando que el plazo màximo de estancia es de 90 días cada 180 días.

